Desarrollo comercial
ĀæQuieres crear, ampliar o transferir un punto de venta? ĀæSus proyectos de equipos comerciales requieren autorizaciĆ³n del CDAC?
La AEP lo apoya en sus esfuerzos por implementar y apoyar su proyecto. Ya seas independiente, franquiciado, responsable de expansiĆ³n o promotor, te proporcionaremos las claves del Ć©xito de tu proyecto para que obtengas tu autorizaciĆ³n.
Hoy en dĆa, las solicitudes de desarrollo comercial se examinan desde una perspectiva urbana, ya que los establecimientos comerciales deben cumplir con los requisitos de planificaciĆ³n del uso del suelo, la calidad de la planificaciĆ³n urbana y la protecciĆ³n del medio ambiente.
La apertura de un Ć”rea de venta mayor a 1000 mĀ² requiere la obtenciĆ³n previa de una autorizaciĆ³n administrativa emitida por la ComisiĆ³n Departamental de Desarrollo Comercial. La normativa aplicable al urbanismo comercial ha sido modificada por la Ley N Ā° 2014-626 de 18 de junio de 2014 relativa a la artesanĆa, comercio y muy pequeƱas empresas (conocida como Ley PINEL) especificada en el Decreto N Ā° 2015-165 de 12 de febrero, 2015 relativo al desarrollo comercial .
AdemƔs de esto, necesita saber mƔs al respecto.
ĀæQuĆ© es CDAC?
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La ComisiĆ³n Departamental de Desarrollo Comercial es competente para examinar las solicitudes de permisos de explotaciĆ³n comercial. Presidido por el prefecto, cada CDAC estĆ” integrado por 7 funcionarios electos, incluido el alcalde del municipio donde se ubica, y 4 personalidades capacitadas en materia de consumo, desarrollo sostenible y ordenaciĆ³n territorial (artĆculo L751-2 del cĆ³digo de comercio ).
La comisiĆ³n decide los proyectos que se le someten mediante votaciĆ³n. La autorizaciĆ³n solo se adquiere si el proyecto recibe el voto favorable de la mayorĆa absoluta de los miembros presentes.
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ĀæQuĆ© proyectos estĆ”n sujetos a autorizaciĆ³n?
Se refieren (artĆculo L752-1 del CĆ³digo de Comercio) los proyectos de:
creaciĆ³n de una tienda o ampliaciĆ³n de un negocio existente con una superficie de venta superior a 1.000 mĀ²,
cambio de sector comercial de una tienda con una superficie de venta superior a 2.000 mĀ² (o 1.000 mĀ² para una tienda predominantemente de alimentaciĆ³n),
creaciĆ³n o ampliaciĆ³n de un complejo comercial con una superficie de venta superior a 1.000 mĀ²,
reapertura de una tienda con una superficie de venta superior a 1.000 mĀ² despuĆ©s de haber estado cerrada durante 3 aƱos,
creaciĆ³n o ampliaciĆ³n de un punto de recogida de clientes permanente para compras minoristas ordenadas por telemĆ”tica, organizado para el acceso en coche.
CuƔl es el procedimiento ?
El procedimiento difiere dependiendo de si el proyecto requiere o no un permiso de construcciĆ³n.
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Si el proyecto requiere un permiso de construcciĆ³n:
Desde el 14 de febrero de 2015, un procedimiento de "ventanilla Ćŗnica" ha permitido al lĆder del proyecto presentar un solo expediente, que cubre tanto la solicitud de un permiso de construcciĆ³n como la solicitud de un permiso de operaciĆ³n comercial. La solicitud se presenta ante la autoridad competente de permisos de construcciĆ³n, generalmente el ayuntamiento de la localidad donde se ubica el edificio. Esta autoridad recurre al CDAC para obtener una opiniĆ³n.
Si el CDAC emite una opiniĆ³n desfavorable sobre el proyecto, el alcalde no puede emitir el permiso de construcciĆ³n solicitado.
Si el CDAC emite un dictamen favorable, el alcalde puede emitir una licencia de obra que valdrĆ”, ademĆ”s de la autorizaciĆ³n de edificaciĆ³n, la autorizaciĆ³n de explotaciĆ³n comercial.
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Si el proyecto no requiere un permiso de construcciĆ³n:
Este trĆ”mite puede referirse, por ejemplo, a la creaciĆ³n de una tienda con una superficie de venta superior a 1.000 mĀ² como consecuencia de la transformaciĆ³n de un edificio existente, el cambio de sector de actividad, la reapertura al pĆŗblico de una tienda que ha dejado de operar. por 3 aƱos o la ampliaciĆ³n del Ć”rea de ventas de una tienda sin ampliaciĆ³n del edificio.
En este caso, el lĆder del proyecto debe contactar directamente al CDAC con su solicitud de autorizaciĆ³n de explotaciĆ³n comercial antes de llevar a cabo su proyecto. El CDAC toma entonces una decisiĆ³n: autorizaciĆ³n o rechazo del proyecto.
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CuƔles son los criterios para evaluar un proyecto:
El CDAC tiene en cuenta los efectos del proyecto con respecto a la ordenaciĆ³n territorial, el desarrollo sostenible y la preservaciĆ³n ambiental (artĆculo L752-6 del cĆ³digo de comercio).
Las partes constitutivas del expediente de solicitud se enumeran en el CĆ³digo UrbanĆstico y en los artĆculos R752-6 y R752-7 del CĆ³digo de Comercio.
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ĀæCuĆ”l es el lĆmite de tiempo para examinar un expediente?
La secretarĆa del CDAC comprueba la admisibilidad de la solicitud y una vez finalizado el expediente, la solicitud es registrada y procesada por el servicio territorialmente competente responsable de urbanismo y medio ambiente.
El CDAC dispone de dos meses, desde la recepciĆ³n del expediente completo, para pronunciarse sobre el proyecto. Pasado este plazo, la opiniĆ³n o decisiĆ³n se considera favorable.
El dictamen o la decisiĆ³n se notifica en el plazo de diez dĆas al peticionario y al alcalde del municipio de establecimiento y se publica un extracto en la colecciĆ³n de actos administrativos. Si el dictamen o la decisiĆ³n es favorable, el extracto tambiĆ©n se publica en dos periĆ³dicos regionales o locales distribuidos en el departamento.
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ĀæCuĆ”les son los remedios?
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La opiniĆ³n o decisiĆ³n del CDAC estĆ” sujeta a apelaciĆ³n. Esta deberĆ” ejercitarse, previo a cualquier recurso legal, ante la ComisiĆ³n Nacional de Fomento Comercial, dentro del mes siguiente a la notificaciĆ³n o publicaciĆ³n del dictamen o decisiĆ³n. La CNAC dispone entonces de 4 meses para decidir (artĆculo R752-30 et seq. Del CĆ³digo de Comercio).
Son competentes los Tribunales Administrativos de ApelaciĆ³n (CAA) (artĆculo R311-3 del cĆ³digo de justicia administrativa) para juzgar en primer y Ćŗltimo recurso los recursos contra las decisiones de la CNAC.