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Desarrollo comercial

ĀæQuieres crear, ampliar o transferir un punto de venta? ĀæSus proyectos de equipos comerciales requieren autorizaciĆ³n del CDAC?

La AEP lo apoya en sus esfuerzos por implementar y apoyar su proyecto. Ya seas independiente, franquiciado, responsable de expansiĆ³n o promotor, te proporcionaremos las claves del Ć©xito de tu proyecto para que obtengas tu autorizaciĆ³n.

Hoy en dĆ­a, las solicitudes de desarrollo comercial se examinan desde una perspectiva urbana, ya que los establecimientos comerciales deben cumplir con los requisitos de planificaciĆ³n del uso del suelo, la calidad de la planificaciĆ³n urbana y la protecciĆ³n del medio ambiente.

La apertura de un Ć”rea de venta mayor a 1000 mĀ² requiere la obtenciĆ³n previa de una autorizaciĆ³n administrativa emitida por la ComisiĆ³n Departamental de Desarrollo Comercial. La normativa aplicable al urbanismo comercial ha sido modificada por la Ley N Ā° 2014-626 de 18 de junio de 2014 relativa a la artesanĆ­a, comercio y muy pequeƱas empresas (conocida como Ley PINEL) especificada en el Decreto N Ā° 2015-165 de 12 de febrero, 2015 relativo al desarrollo comercial .

AdemƔs de esto, necesita saber mƔs al respecto.

ĀæQuĆ© es CDAC?

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La ComisiĆ³n Departamental de Desarrollo Comercial es competente para examinar las solicitudes de permisos de explotaciĆ³n comercial. Presidido por el prefecto, cada CDAC estĆ” integrado por 7 funcionarios electos, incluido el alcalde del municipio donde se ubica, y 4 personalidades capacitadas en materia de consumo, desarrollo sostenible y ordenaciĆ³n territorial (artĆ­culo L751-2 del cĆ³digo de comercio ).

La comisiĆ³n decide los proyectos que se le someten mediante votaciĆ³n. La autorizaciĆ³n solo se adquiere si el proyecto recibe el voto favorable de la mayorĆ­a absoluta de los miembros presentes.

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ĀæQuĆ© proyectos estĆ”n sujetos a autorizaciĆ³n?

Se refieren (artĆ­culo L752-1 del CĆ³digo de Comercio) los proyectos de:

  • creaciĆ³n de una tienda o ampliaciĆ³n de un negocio existente con una superficie de venta superior a 1.000 mĀ²,

  • cambio de sector comercial de una tienda con una superficie de venta superior a 2.000 mĀ² (o 1.000 mĀ² para una tienda predominantemente de alimentaciĆ³n),

  • creaciĆ³n o ampliaciĆ³n de un complejo comercial con una superficie de venta superior a 1.000 mĀ²,

  • reapertura de una tienda con una superficie de venta superior a 1.000 mĀ² despuĆ©s de haber estado cerrada durante 3 aƱos,

  • creaciĆ³n o ampliaciĆ³n de un punto de recogida de clientes permanente para compras minoristas ordenadas por telemĆ”tica, organizado para el acceso en coche.

CuƔl es el procedimiento ?

El procedimiento difiere dependiendo de si el proyecto requiere o no un permiso de construcciĆ³n.

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Si el proyecto requiere un permiso de construcciĆ³n:
Desde el 14 de febrero de 2015, un procedimiento de "ventanilla Ćŗnica" ha permitido al lĆ­der del proyecto presentar un solo expediente, que cubre tanto la solicitud de un permiso de construcciĆ³n como la solicitud de un permiso de operaciĆ³n comercial. La solicitud se presenta ante la autoridad competente de permisos de construcciĆ³n, generalmente el ayuntamiento de la localidad donde se ubica el edificio. Esta autoridad recurre al CDAC para obtener una opiniĆ³n.
Si el CDAC emite una opiniĆ³n desfavorable sobre el proyecto, el alcalde no puede emitir el permiso de construcciĆ³n solicitado.
Si el CDAC emite un dictamen favorable, el alcalde puede emitir una licencia de obra que valdrĆ”, ademĆ”s de la autorizaciĆ³n de edificaciĆ³n, la autorizaciĆ³n de explotaciĆ³n comercial.

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Si el proyecto no requiere un permiso de construcciĆ³n:
Este trĆ”mite puede referirse, por ejemplo, a la creaciĆ³n de una tienda con una superficie de venta superior a 1.000 mĀ² como consecuencia de la transformaciĆ³n de un edificio existente, el cambio de sector de actividad, la reapertura al pĆŗblico de una tienda que ha dejado de operar. por 3 aƱos o la ampliaciĆ³n del Ć”rea de ventas de una tienda sin ampliaciĆ³n del edificio.
En este caso, el lĆ­der del proyecto debe contactar directamente al CDAC con su solicitud de autorizaciĆ³n de explotaciĆ³n comercial antes de llevar a cabo su proyecto. El CDAC toma entonces una decisiĆ³n: autorizaciĆ³n o rechazo del proyecto.

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CuƔles son los criterios para evaluar un proyecto:

El CDAC tiene en cuenta los efectos del proyecto con respecto a la ordenaciĆ³n territorial, el desarrollo sostenible y la preservaciĆ³n ambiental (artĆ­culo L752-6 del cĆ³digo de comercio).

Las partes constitutivas del expediente de solicitud se enumeran en el CĆ³digo UrbanĆ­stico y en los artĆ­culos R752-6 y R752-7 del CĆ³digo de Comercio.

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ĀæCuĆ”l es el lĆ­mite de tiempo para examinar un expediente?

La secretarĆ­a del CDAC comprueba la admisibilidad de la solicitud y una vez finalizado el expediente, la solicitud es registrada y procesada por el servicio territorialmente competente responsable de urbanismo y medio ambiente.

El CDAC dispone de dos meses, desde la recepciĆ³n del expediente completo, para pronunciarse sobre el proyecto. Pasado este plazo, la opiniĆ³n o decisiĆ³n se considera favorable.

El dictamen o la decisiĆ³n se notifica en el plazo de diez dĆ­as al peticionario y al alcalde del municipio de establecimiento y se publica un extracto en la colecciĆ³n de actos administrativos. Si el dictamen o la decisiĆ³n es favorable, el extracto tambiĆ©n se publica en dos periĆ³dicos regionales o locales distribuidos en el departamento.

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ĀæCuĆ”les son los remedios?

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La opiniĆ³n o decisiĆ³n del CDAC estĆ” sujeta a apelaciĆ³n. Esta deberĆ” ejercitarse, previo a cualquier recurso legal, ante la ComisiĆ³n Nacional de Fomento Comercial, dentro del mes siguiente a la notificaciĆ³n o publicaciĆ³n del dictamen o decisiĆ³n. La CNAC dispone entonces de 4 meses para decidir (artĆ­culo R752-30 et seq. Del CĆ³digo de Comercio).

Son competentes los Tribunales Administrativos de ApelaciĆ³n (CAA) (artĆ­culo R311-3 del cĆ³digo de justicia administrativa) para juzgar en primer y Ćŗltimo recurso los recursos contra las decisiones de la CNAC.

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